top of page

SÍGUEME:

  • Facebook - Black Circle
  • Instagram - Black Circle
  • Pinterest - Black Circle

POSTS RECIENTES: 

BÚSQUEDA POR TAGS: 

¿ALEXANDER WANG LLEGÓ A COLOMBIA?

En días pasados y gracias a la velocidad de las redes sociales, salió a la luz una fotografía donde se especulaba en tono burlesco una supuesta colaboración entre el diseñador estadounidense Alexander Wang y la marca colombiana Koaj.





Imágen tomada del catálogo de Koaj

Las colaboraciones entre marcas se han vuelto una constante, es una forma de unir fuerzas creativas y comerciales. Muchas veces se observan colaboraciones entre marcas de líneas diferentes como el caso de marcas deportivas que se unen con el director creativo de alguna marca de lujo. En otras ocasiones se hace con alguna celebridad o influencer con el fin de viralizar y abrir nuevos segmentos de mercado. Para nadie es un secreto que la industria de la moda a nivel mundial vive una era colaborativa.


Desafortunadamente en esta ocasión no se trató de un intento de la marca colombiana de crecer o posicionarse, o de democratizar los diseños del estadounidense. En este caso se trató de una infracción marcaria.



Buso de Alexander Wang- Marca WANG


Por qué estampar un nombre es una infracción marcaria?


En primer lugar, hay que entender por infracción marcaria la utilización que se hace de una marca registrada sin autorización, licencia o permiso para su uso. Y en este caso, Alexander Wang es una marca registrada y por este motivo si alguien quiere utilizarla, deberá contar con la autorización expresa del diseñador y/o sus representantes. Es decir, que Koaj, ni ninguna empresa puede utilizar esta marca sin la correspondiente licencia para hacerlo.




Cuáles son las consecuencias?


Alexander Wang y sus representantes en Colombia pueden iniciar acciones legales contra Permoda Ltda, empresa propietaria de Koaj, y dentro de las posibilidades que tiene Wang para proteger su marca, se encuentran las siguientes opciones:


1. La acción de protección al consumidor, ya que una violación de derechos marcarios afecta los derechos del consumidor y pueden ser protegidos por este medio.


2. La acción por infracción de derechos de propiedad industrial, teniendo en cuenta que las marcas y signos distintivos hacen parte de esta categoría, le permite al propietario de una marca solicitar que se deje de utilizar, es decir que se retiren estas prendas del mercado y también podrá solicitar una indemnización por los perjuicios que esta infracción le causó.


3. La acción por competencia desleal, basándose en que hay ciertas conductas que en el momento de infringir una marca, pueden convertirse en actos de competencia desleal, porque los actos de confusión, imitación o aprovechamiento de reputación ajena son actos de competencia desleal.


4. Y por último, esta la opción de iniciar una acción penal, teniendo en cuenta que la usurpación de derechos de propiedad industrial, en este caso el uso de una marca protegida sin autorización, es un delito.


Y con este caso, no solo quiero mostrar como una simple decisión de marketing y/o diseño de una empresa, puede llegar a tener graves consecuencias. Además quiero mostrarles la importancia que tiene registrar una marca, y todas las herramientas que el derecho y en particular el derecho Colombiano, les ofrece para protegerla.


Y a quienes incurren en estas prácticas, creyendo que nadie se va a dar cuenta, o que por ser marcas internacionales o reconocidas son de uso público, tengan cuidado y piensen en las consecuencias que puede tener utilizar marcas ajenas.

Fashionomista- All rights reserved

FASHION LAW COLOMBIA

Follow me  @fashionomista

  • Facebook - Black Circle
  • Instagram - Black Circle
  • Pinterest - Black Circle
bottom of page